AENA demandada por un delito de imprevisión, imprudencia o impericia contra el art.65 de la LPPNA
Junio 1st, 2010 por admin | Publicado en Sin categoría.Se ha plasmado en una demanda, la denuncia sobre la que no ha tenido respuesta APROCTA, que interpuso ante la AESA el pasado viernes. El delito tipificado por el que se demanda a AENA, es el establecido en el artículo 45 de la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea. Deberán declarar ante el Juez del Juzgado de Instrucción nº7 de Sevilla, el Jefe de División de la DNA de la Región Sur, Juan Alberto Cózar (Director de Calidad, Seguridad y Certificación AENA), Juan Rosas (Director de Seguridad de AESA), Manuel Amejeiras (DGAC), Isabel Maestre (AESA) y Carmen Librero (NA). Es decir tendrán que declarar desde el proveedor de servicios, a todo el organigrama institucional relacionado con la seguridad aérea en España, y podrá sentar un importante precedente para la salvaguarda del sagrado derecho de los ciudadanos a la seguridad aérea, un bien de interés público, como decía Javier Aguado del Moral.
Etiquetas: la seguridad industrial, que es seguridadArticulos Similares
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